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El nuevo proyecto de Real Decreto de Autoconsumo abre la puerta por primera vez al balance neto

 El nuevo proyecto de Real Decreto de Autoconsumo abre la puerta por primera vez al balance neto
Redacción

Desde que el pasado 5 de octubre el Consejo de Ministros aprobara el Real Decreto-ley 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, el sector energético esperaba con impaciencia el desarrollo normativo que concretase los cambios para el autoconsumo que ya se incluían en esta norma, que planteaba una modificación profunda en la regulación de la generación distribuida en España al eliminar los cargos abusivos para esta actividad (el conocido como ‘Impuesto al sol), abría la puerta al autoconsumo compartido, así como a la instalación de sistemas de acumulación (baterías).

Pues bien, el Ministerio de Transición Ecológica ha hecho ya público el texto del nuevo proyecto de Real Decreto de Autoconsumo, que presenta interesantes novedades, entre ellas, destacamos las siguientes:

Nueva definición de autoconsumo
Se realiza una nueva definición de autoconsumo, recogiendo que se entenderá como tal el consumo de energía eléctrica por parte de uno o varios consumidores y asociadas a las mismas de energía eléctrica proveniente de instalaciones de generación próximas a las de consumo.


Solo 2 modalidades
Se reducen a solo dos las modalidades de autoconsumo: “autoconsumo sin excedentes” que en ningún momento puede realizar vertidos de energía a la red y “autoconsumo con excedentes” en el que sí se puede realizar vertidos a las redes de distribución y transporte.


Menos trabas administrativas
Se exime a las instalaciones de autoconsumo sin excedentes, para las que el consumidor asociado ya disponga de permiso de acceso y conexión para consumo, de la necesidad de la obtención de los permisos de acceso y conexión de las instalaciones de generación.


Registro de instalaciones simplificado
En cuanto al registro, se opta por disponer de un registro de autoconsumo, pero muy simplificado. Este registro de ámbito estatal tendrá fines estadísticos para poder evaluar si se está logrando la implantación deseada, analizar los impactos en el sistema y para poder computar los efectos de una generación renovable en los planes integrados de energía y clima.


El balance neto, más cerca
Se habilita a que reglamentariamente se puedan desarrollar mecanismos de compensación entre el déficit y el superávit de los consumidores acogidos al autoconsumo con excedentes para instalaciones de hasta 100 kW.

Estos mecanismos de compensación entre déficits y superávit de los consumidores acogidos al autoconsumo con excedentes para instalaciones de hasta 100 kW son quizá la novedad más interesante de la futura norma, ya que plantean por primera la posibilidad de establecer un posible balance neto con la red, al igual que sucede en otros países, donde los usuarios de autoconsumo pueden compensar su consumo/generación de forma mensual.

Según indica el Ministerio en su web, el plazo para formular alegaciones a este proyecto de RD estará abierto hasta el 8 de febrero. Estas alegaciones deben cursarse a la dirección de correo electrónico Bzn-autoconsumo@miteco.es indicando en el asunto “RD Autoconsumo_[ALEGANTE]”


¿Quieres conocer todos los detalles de la nueva normativa?
El nuevo proyecto de real decreto coincide con la celebración el próximo 6 de febrero en Madrid (hotel Ilunio Pío XII) del encuentro profesional ‘Autoconsumo. Tecnologías y proyectos, una jornada técnica organizada por Energética XXI que alcanza este año su sexta edición. Todos los asistentes al evento podrán conocer de primera mano los detalles de la nueva normativa a través de las ponencias que ofrecerán las asociaciones UNEF (Unión Española Fotovoltaica) y APPA Renovables, que explicarán las posibilidades que brinda al sector el contenido de este nuevo texto legal.

Más información, programa e inscripciones en esta web

 

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